Descripción
No
cabe duda de que la mera mención de la palabra canon arrastra de inmediato otra
palabra, marginalidad, que parece serle no sólo complementaria sino también
subordinada; en ese sentido, ésta no termina de comprenderse sino en relación
con aquélla. El canon, lo canónico, sería lo regular, lo establecido, lo
admitido como garantía de un sistema mientras que la marginalidad es lo que se
aparta voluntariamente o lo que resulta apartado porque, precisamente, no
admite o no entiende la exigencia canónica.
Jitrik,
N. (1996). Canónica, regulatoria y transgresiva. Orbis Tertius, nro. 1, pp. 1-9.
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